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¿Qué escuelas funcionan en mi vecindario o urbanización propuesta, y tienen capacidad?
Los datos actuales de inscripción y capacidad en las escuelas están disponibles en la página Web de OCPS, junto con los mapas de zonas de asistencia para escuelas primaria, media y secundaria.
¿Qué es un Acuerdo de Mejora de la Capacidad (CEA por sus siglas en inglés)?
Como parte de la revisión de la enmiendas del Plan Global y solicitudes de cambio de zonificación, que incrementarían la densidad poblacional, las Escuelas Públicas del Condado de Orange (OCPS) informan sobre el estado de la capacidad escolar en las escuelas afectadas por la urbanización propuesta, y el impacto de los proyectos concedidos que afectan a estas mismas escuelas. En caso de que no haya capacidad disponible para atender a estudiantes de la nueva urbanización, el promotor inmobiliario podrá concertar un Acuerdo de Ampliación de la Capacidad (CEA) con las OCPS para desarrollar estrategias a fin de proveer a las escuelas o fondos adicionales para la ampliación de la capacidad a fin de asegurar que dicha capacidad esté disponible. Las OCPS revisan los CEA propuestos y, si son aprobados por la Junta Escolar, se verán reflejados en acuerdos obligatorios con los propietarios de terrenos que aseguren que la capacidad escolar esté disponible para satisfacer las necesidades de la urbanización propuesta.
¿De qué manera la reciente enmienda de la carta orgánica del Condado de Orange afecta la planificación escolar y los Acuerdos de Ampliación de la Capacidad?
El 2 de noviembre de 2004, los votantes del Condado de Orange aprobaron la Enmienda #6 de la Carta Orgánica a fin de requerir la aprobación conjunta del condado y municipal para zonificación o enmiendas al plan global que afecten a escuelas públicas superpobladas. Dicha enmienda fue posteriormente implementada mediante la Ordenanza del Condado de Orange 2006-04 (efectiva a partir del 9 de mayo de 2006). Como resultado, los gobiernos locales en el Condado de Orange definidos como "afectados significativamente" deben aprobar todos el cambio propuesto en zonificación o densidad poblacional en una jurisdicción, si las Escuelas Públicas del Condado de Orange (OCPS) no pueden certificar que la capacidad escolar podría estar disponible o proveerse mediante un Acuerdo de Ampliación de la Capacidad. Un acuerdo interlocal asociado también se hizo efectivo a partir del 9 de mayo de 2006, para trazar el proceso de coordinación entre los gobiernos locales del Condado de Orange, las OCPS y los solicitantes que proponen cambios de zonificación poblacional y enmiendas al plan global. Se encuentran disponibles copias de la enmienda a la carta orgánica y el acuerdo interlocal (PDF - 3 MB).
¿Qué pueden decirme sobre el impacto del arancel escolar?
Impacto del arancel escolar es una forma de saber el costo que tiene el desarrollo urbano y el uso del terreno en el sistema escolar local. El impacto del arancel escolar en el Condado de Orange está incluido en todos los desarrollos residenciales, tanto de las áreas incorporadas como de las no incorporadas. El Condado y las municipalidades se encargan de cobrar este arancel y de enviarlo a la Junta Escolar. A partir del 28 de enero de 2008 el impacto del arancel escolar es de $11,829 para residencias unifamiliares, $6,647 para residencias multifamiliares, y $6,344 para casas móviles. El estudio del impacto del arancel escolar fue actualizando en julio de 2007 (Estudio del Impacto del Arancel Escolar PDF - 130 KB). Según la Ordenanza 2007-12, (Ordenanza sobre el Impacto del Arancel Escolar PDF - 3 MB) el impacto del arancel escolar se incrementará un 5% por año en una combinación de índices de valores y costos según lo establecido en el estudio sobre impacto del arancel escolar. En caso de que la lista de tarifas de la ordenanza sobre el Impacto del Arancel Escolar no se actualice para el 28 de enero de 2011, las tarifas continuarán teniendo el valor vigente al 28 de enero de 2011, hasta que se actualice la lista de tarifas.
¿Qué es la Ordenanza para el Emplazamiento de Escuelas?
La oficina de Código de Condado de Orange especifica las categorías de zonificación donde se permite la ubicación de instalaciones escolares. La sección 38-1753 del Código del Condado de Orange especifica las regulaciones para la ubicación de instalaciones escolares. Con respecto a la ubicación de escuelas, los estándares de emplazamiento, el acceso a carreteras y aceras, y la proximidad a servicios municipales, los criterios a seguir se explican detalladamente a fin de unificar y coordinar los estándares concernientes tanto a las condiciones del posible lugar para la escuela como al impacto en dicho lugar. El personal del Condado de Orange trabajará junto a las Escuelas Públicas del Condado de Orange a fin de actualizar la ordenanza de emplazamiento de las escuelas a principios de 2007.
¿Por qué debo pagar impuestos sobre la propiedad escolar?
Según la ley de Florida, todas las propiedades son tasadas para impuestos escolares. La tasa de amillaramiento escolar del Condado de Orange implementada en el año 2006 es de 7.169, 4.9540 es el amillaramiento establecido por el Estado de Florida. Estos impuestos ad valorem financian el sistema de escuelas públicas, incluyendo instrucción académica, construcción, administración y servicios de apoyo.
¿Qué pueden decirme sobre el impuesto del medio centavo sobre las ventas para las escuelas?
En septiembre de 2002 los votantes del Condado de Orange aprobaron un aumento del impuesto de ventas de medio centavo para acrecentar los fondos de construcción de nuevas escuelas, y renovar o reemplazar las existentes. Al mismo tiempo, el impuesto local a la propiedad escolar se reduciría a la mitad (0.5) de milésima de dólar siempre y cuando siga en efecto la sobretasa; por un período de 13 años, desde enero de 2003 hasta diciembre de 2015.
¿Qué es la Doctrina Martinez?
Desde marzo de 2000, la práctica del Condado de Orange de unir ciertos cambios en el uso del terreno a la capacidad escolar se llamó la Doctrina Martinez, por el ex Alcalde del Condado de Orange Mel Martinez. Bajo esta directiva, si una rezonificación o enmienda al plan global ejercía un impacto negativo en las escuelas, se recomendaba al personal que denegara la solicitud ya que excedía la capacidad de la infraestructura pública, la cual es inconsistente con el Plan de Política Global del Condado de Orange. La implementación de esta práctica ha resultado en una mayor coordinación e intercambio de información entre el personal de las Escuelas Públicas del Condado de Orange, y creó un mecanismo donde los desarrollos denegados por la Doctrina pueden entrar en Acuerdos de Ampliación de la Capacidad con la Junta Escolar, para atenuar impactos negativos. Hasta la fecha, esta práctica ha resistido desafíos judiciales en la Corte Suprema de Florida.
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