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Asegúrese de cumplir el Código del Condado de Orange, Capítulo 5-50 relacionado con las mascotas extraviadas:
Todo esfuerzo posible significará tratar de ubicar al dueño de un animal por medios razonables, que pueden incluir pero no se limitan a, la búsqueda de una etiqueta de identificación, tatuaje, microchip o sondeo del vecindario.
Sección 5-53:
(b) Captura de animales sueltos; albergar y encontrar un dueño.
(1) Cuando un animal doméstico está suelto, se lo debe aprehender de una manera humanitaria si la persona no conoce al dueño y éste no se puede identificar de ninguna forma. Toda persona que encuentre un animal doméstico extraviado, de dueño desconocido deberá ceder la custodia a la División de Servicios para Animales o presentar un informe de animal encontrado ante la División de Servicios para Animales dentro de dos (2) días calendarios después de hallar al animal. Si la persona desea quedarse con el animal, deberá mantenerlo durante el tiempo establecido en la subsección (2) en adelante.
(2) Toda persona que encuentre un animal doméstico, lo tenga durante treinta (30) días consecutivos y no se encuentre al dueño, será considerado definitivamente como el dueño de dicho animal.
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