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Construcción Residencial

Estructura Accesoria

Gobierno del Condado de Orange

Resumen

En esta página se explican los requisitos básicos para solicitar un permiso para la construcción de un edificio accesorio nuevo en una propiedad residencial. Esta página ofrece enlaces a guías y otros recursos para ayudar a los clientes con el proceso para solicitar permisos en línea.

Contenido de la Página

Cómo Solicitar

Envíe todos los planos y la documentación requerida como parte de la solicitud de permiso a través del portal Fast Track Servicios En Línea del Condado de Orange. Antes de comenzar, consulte la Guía del Centro Integral de Permisos Para obtener informacióna cerca del proceso de solicitud, revise la Lista de Control para la Revisión de Planos Residenciales y visite el Centro de Capacitación de Fast Track y descargue la Guía de Usuarios.

Sistema de Permisos En Línea Fast Track

Permiso para la Construcción de un Edificio Accesorio Nuevo

DEFINICIÓN DE ESTRUCTURA ACCESORIA

Una construcción independiente que es accesoria e incidental a la vivienda y que se encuentra en el mismo terreno.

Ejemplos de estructuras accesorias: garaje, cobertizo, cochera, pérgola, glorieta, plataforma, casa de juegos, etc.

Requisitos Mínimos a Enviar para la Construcción de una Estructura Accesoria Residencial Nueva.  

REQUISITOS DE PERMISOS GENERALES:

  1. Plano del sitio o Inspección para conocer la ubicación de la estructura propuesta. Por consultas sobre los requisitos para un plano del sitio/plano del terreno/inspección, comuníquese con zonificación en Zoning@ocfl.net o llame al 407-836-3111.
  2. Plano del Desagüe/Nivelación del Lote y elevación del piso de la estructura terminada. Por consultas sobre los requisitos para un plano de nivelación de lote/desagüe, comuníquese con Ingeniería de Desarrollo llamando al 407-836-3111.
  3. Planes de Construcción preparados por un Ingeniero Profesional Autorizado o un Arquitecto Registrado de Florida de conformidad con el Código de Construcción Residencial de Florida más reciente.
    • Todos los documentos deben estar debidamente firmados, fechados y sellados según el método de presentación requerido.
  4. Documentos de construcción 
  5. Cuando corresponda
    • Diseños mecánicos, eléctricos, de plomería.
    • Cálculos de energía.
  6. Cuando corresponda, se requiere ingeniería de vigas preparada por un Ingeniero Profesional Autorizado o un Arquitecto Registrado de Florida y debe entregarse como parte de la revisión del plan inicial.
    • Todos los documentos deben estar debidamente firmados, fechados y sellados según el método de presentación requerido.
    • Se requiere la entrega de un diseño de vigas proporcionado por un fabricante de vigas. No se requiere que este diseño se firme ni se selle pero debe coincidir con los planos de encuadre del techo proporcionados por el profesional de diseño registrado.
  7. Una Hoja de Especificaciones de Aprobación de Productos del Condado de Orange completa.
    • Nota: YA NO ES NECESARIO enviar los detalles de la instalación aprobada y las capturas de pantalla de los productos que figuran a continuación para la revisión del plan. Sin embargo, se requiere que tenga los detalles de instalación aprobados en el lugar de trabajo para inspección. De lo contrario, será una inspección fallida. Si el solicitante elige presentar los detalles de instalación e instrucciones con capturas de pantalla, los documentos se sellarán como parte de su conjunto de planos aprobados, lo que reduce el riesgo de una inspección fallida por no tener los documentos necesarios disponibles en el sitio para inspección.

ESTRUCTURAS CON UNA HUELLA DE 120 PIES CUADRADOS O MENOS:

Se requiere un permiso de construcción para todas las estructuras. Sin embargo, de conformidad con la Ordenanza 2020-40 del Condado de Orange, sección 9-33, subsección 105.2.4(8) no se requiere una revisión de estructura del Departamento de Construcción para cumplimiento del código y planos de ingeniería si la estructura propuesta es:

  • Una estructura accesoria de un piso individual, independiente a una o dos viviendas unifamiliares .
  • Tiene una huella no mayor a 120 pies cuadrados.
  • No incluye: trabajos mecánicos, eléctricos, de plomería y/o decombustible/ gas (no permitidos).
  • La estructura es:
    • cobertizo para herramientas
    • cobertizo de almacenamiento
    • pérgola
    • plataforma
    • glorieta
    • casa de juegos
    • y/o rampa de accesibilidad anexada/separada

CONSTRUCCIONES (MODULARES) PREFABRICADAS APROBADAS POR EL ESTADO - REQUISITOS ADICIONALES PARA LOS PERMISOS:

Algunos fabricantes obtuvieron aprobación para sus estructuras prefabricadas a través del Programa de construcción (modular) prefabricada aprobada por el Departamento de Regulación Profesional y de Negocios del Estado de la Florida (DBPR). (Importante: Comuníquese con su representante de ventas para obtener la documentación requerida con el criterio de búsqueda necesario para obtenerlos por sí mismo siguiendo los pasos a continuación:

Los requisitos de presentación para permitir estructuras aprobadas por el DBPR son los siguientes:

  1. Una copia de la carta de aprobación para fabricantes del DBPR. (A través del enlace Web https://www.floridabuilding.org/mb/mb_default.aspx)
    • Seleccione "Buscar organización".
    • Junto a "Tipo de organización", ingrese "Fabricante".
    • Use la lista desplegable al lado de "Nombre de la organización" para buscar el nombre del fabricante que corresponda.
    • Hacia la derecha de "Estado de organización" en la lista desplegable, seleccione "Aprobado".
    • Oprima el botón "Buscar".
    • En "Búsquea de resultados - Organizaciones", verifique que las "Fechas válidas" sean actuales y que el "Estado" muestre "Aprobado". Haga doble clic en el nombre del fabricante subrayado en azul.
    • Desplácese hacia abajo hasta la sección "Certificación de aprobación" en la parte inferior de la página y luego seleccione e imprima el certificado más reciente.
  2. Una captura de pantalla de la presentación de la Hoja de datos de la Construcción (modular) prefabricada del DBPR (con el enlace de arriba, puede obtenerse del sitio web del DBPR).
  3. Una copia de la Carta de ingenieros de 3ras partes (normalmente, esto forma parte de los planos aprobados por el estado que se encuentran en el sitio web del DBPR).
  4. Una copia de los planos de construcción (modular) prefabricada aprobada por el DBPR estatal. (Los planos están disponibles en el sitio web del DBPR. Las páginas de los planos aprobados por el estado siempre incluirán un sello con revisión de código. Los planos que no incluyan el sello con revisión de código no forman parte de los planos aprobados por el estado).
  5. Planes de Construcción, específicamente una base de un sitio particular o un plano de amarre, preparado por un Ingeniero Profesional Autorizado o un Arquitecto Registrado de Florida de conformidad con el Código de Construcción Residencial de Florida más reciente es requerido para todos las construcciones modulares aprobadas por el estado. El plano de la base de un sitio particular requerido no se incluye como parte de los planos aprobados por el estado
    • Todos los documentos deben estar debidamente firmados, fechados y sellados según el método de presentación requerido.

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Requisitos de Inspección

Las inspecciones son necesarias para todos los permisos. Para más información, consulte el registro de inspecciones que se proporciona tras la emisión del permiso para obtener una lista de los tipos de inspección que pueden ser necesarios para su proyecto. Si tiene más preguntas, llame al 407-836-5550 y pida hablar con algún Miembro del Equipo de Inspecciones de Construcciones. Use Fast Track para programar y gestionar las inspecciones. Para obtener más información, consulte los Recursos y Videos de Fast Track

Se requiere una "Inspección Final 290" aprobada para que el estado del permiso cambie a "Finalizado". Si la Inspección Final no es programada ni aprobada dentro del plazo permitido, el permiso caducará. Es posible que deba incurrir en un gasto adicional para restablecer/reemplazar el permiso y actualizar los planos y la documentación.

Emisión del Permiso

Se exigirá un contratista con licencia para la emisión del permiso. Un propietario-constructor puede actuar como Contratista al Amparo de la Excepción de F.S. 489.103(7)(a).

Contáctenos

Por preguntas, comuníquese con la División de Seguridad en la Construcción:

Teléfono: (407) 836-5550.