Preguntas Frecuentes sobre la Orden Ejecutiva 2020-25 de Obligatoriedad del Uso de Cubiertas para la Cara
El 18 de junio de 2020, el Alcalde del Condado de Orange, Jerry L. Demings, anunció una Orden Ejecutiva 2020-23 de Obligatoriedad del Uso de Cubiertas para la Cara en lugares públicos. El 24 de junio de 2020, el Alcalde Demings emitió una Orden Ejecutiva 2020-25 de Obligatoriedad del Uso de Cubiertas para la Cara (la "Orden") que sustituyó a la orden anterior.
La Orden Ejecutiva 2020-25 exige el uso de cubiertas para la cara en lugares públicos, ya sea en interiores o al aire libre, por parte de todas las personas que trabajan, viven, visitan o hacen negocios en el Condado de Orange, en conformidad con las directrices de los CDC .
GENERAL:
¿Cuándo entró en vigencia la orden y hasta cuándo rige?
La Orden comenzó a regir el 24 de junio de 2020, a las 1:50 p.m., hora de verano del este. La Orden seguirá vigente hasta nuevo aviso.
¿A quiénes se aplica esta orden?
La Orden exige el uso de cubiertas para la cara en lugares públicos, ya sea en interiores o al aire libre, por parte de todas las personas que trabajan, viven, visitan o hacen negocios en el Condado de Orange.
¿Por qué debo usar una mascarilla?
Actualmente no existe una vacuna para prevenir el COVID-19. La mejor manera de prevenir la enfermedad del coronavirus es evitar la exposición al virus. Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) indica que el distanciamiento social y el uso de cubiertas para la cara son medidas efectivas para desacelerar la propagación del virus. Los CDC recomiendan usar cubiertas para la cara en entornos públicos donde resulta difícil mantener otras medidas de distanciamiento social. El uso de cubiertas para la cara y el distanciamiento social son importantes enfoques de salud pública para desacelerar la transmisión del COVID-19.
¿Cómo se aplicará esta orden?
La Orden actualmente no incluye una disposición de ejecución; se apoya en la cooperación de la comunidad y alienta a los comercios para que garanticen el uso de cubiertas para la cara por parte de sus empleados y clientes, conforme con las directrices de los CDC.
Sin embargo, la Orden Ejecutiva 2020-51 impone sanciones y multas a los comercios que no cumplan con las directrices para el COVID-19.
¿Cómo puedo conseguir una mascarilla en caso de no tener una?
Todos los residentes que se realicen la prueba de detección del COVID-19 en un sitio de pruebas de Servicios de Salud del Condado de Orange recibirán una caja con mascarillas y desinfectante de manos en forma gratuita. Puede encontrar las ubicaciones de los sitios de pruebas en www.ocfl.net/covid19. El Condado de Orange también realiza una distribución de equipo de protección personal (EPP) para pequeños comercios. Visite www.ocfl.net/ppe para más información.
Si no puede concurrir a un sitio de pruebas de Servicios de Salud del Condado de Orange, puede hacer una cubierta para la cara casera en su propia casa. Visite la sala de prensa del Condado de Orange para ver un simple video instructivo sobre cómo hacer una cubierta para la cara.
¿A qué se denomina "cubierta para la cara"?
Una cubierta para la cara es una pieza de algún material uniforme que cubre la nariz y la boca de una persona y se mantiene fija en su lugar sin necesidad de usar las manos.
EXCEPCIONES:
¿Cuáles son las excepciones del mandato?
Conforme con esta Orden, las siguientes personas no tienen la obligación de usar una cubierta para la cara:
- Niños menores de dos años de edad o niños que no sean capaces de cumplir con la Orden que exige el uso de cubiertas para la cara
- Personas que podrían tener una disfunción por usar una cubierta para la cara debido a una afección existente, incluidas aquellas personas con discapacidades. Esta excepción también incluye a las personas que no pueden tolerar una cubierta para la cara por algún problema de salud, un trastorno sensorial o alguna otra afección.
- Personas que se dedican a una profesión que no requiere de interacciones personales con el público.
- Personas que se dedican a una profesión en la cual el uso de cubiertas para la cara no es compatible con las funciones de la profesión.
- Personas que se ejercitan mientras mantiene el distanciamiento social.
- Personas con discapacidades del desarrollo que le impiden acatar la orden, incluidos los niños que no son capaces de usar una cubierta para la cara de manera efectiva.
¿Qué debo presentar en los comercios si me encuentro dentro de una de las categorías de excepciones de la Orden?
Conforme con esta Orden, no es necesario presentar ningún tipo de información de salud. La autorización del ingreso de una persona a un comercio, es decisión de ese comercio en particular.
¿Hay alguna excepción en la Orden para las entidades gubernamentales?
No. No hay excepciones. Los empleados de las entidades gubernamentales deben respetar los protocolos específicos sobre el uso de cubiertas para la cara, conforme con las directrices de los CDC.
ACTIVIDAD FÍSICA:
¿Y si estoy haciendo actividad física? ¿Debo usar una mascarilla?
Si está ejercitándose o haciendo algún tipo de actividad física (p. ej., pescando, nadando, paseando en bote, paseando un perro, jugando a golf, etc.) y además cumple con las directrices de los CDC en cuanto al distanciamiento social, no es obligatorio el uso de una cubierta para la cara.
¿Y si voy caminando por la calle a un determinado lugar o a tomar sol a la piscina?
De acuerdo con las directrices de los CDC, todas las personas en el Condado de Orange deben usar una cubierta de tela para la cara cando están en público, especialmente si no es posible cumplir con las directrices de distanciamiento social. Conozca y siga las directrices de los CDC y use una cubierta para la cara para protegerse y proteger a los demás. Las cubiertas para la cara y el distanciamiento social son dos medidas importantes para reducir la propagación del virus.
COMERCIOS:
¿Cómo notifico si un comercio no cumple con el mandato que exige el uso de cubiertas para la cara?
En conformidad con esta Orden, se recomienda a los comercios que prohíban el ingreso de aquellas personas que no usen una cubierta para la cara. Los comercios privados también deben seguir las directrices de los CDC y/o los estándares de la industria relacionados con el uso de cubiertas para la cara.
Según la Encuesta de Confianza del Consumidor del Condado de Orange , que tuvo más de 15,000 participantes, el 69% de los consumidores se siente más cómodo frecuentando los comercios que toman medidas de salud y seguridad (p. ej., exigen el uso de cubiertas para la cara, realizan controles de temperatura, etc.).
Si tiene algún problema o alguna inquietud acerca de un comercio que no cumple con las directrices de los CDC, debería contactarse directamente con la administración de dicho negocio para plantear sus inquietudes. En última instancia, si no se siente cómodo con la manera en que llevan adelante un comercio, es probable que no quiera concurrir a dicho negocio.
Sin embargo, la Orden Ejecutiva 2020-51 impone sanciones y multas a los comercios que no cumplan con las directrices para el COVID-19. Puede denunciar a los comercios a través del 311.
¿Cuándo tengo que usar una cubierta para la cara en un restaurante? No puedo usarla cuando estoy comiendo.
Si un negocio tiene empleados y clientes que mantienen una distancia de seis pies unos de otros, entonces tanto los empleados como los clientes deben usar una cubierta para la cara, a menos que el uso de dicha cubierta impida hacer uso del servicio prestado; en dicho caso sólo debería usar una cubierta para la cara el proveedor del servicio. Es posible que los clientes se quiten las cubiertas para la cara mientras estén sentados comiendo y bebiendo.
TRANSPORTE PÚBLICO:
Todos los pasajeros que usan el servicio de LYNX y los empleados deben usar una cubierta para la cara. También el público debe cumplir con el distanciamiento social manteniendo una distancia de al menos seis pies de las personas que viajan. SunRail recomienda encarecidamente a todos los pasajeros que usen una cubierta para la cara.
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