Programa de Asistencia de Emergencia para la Renta | Preguntas Frecuentes
La fecha límite para enviar una solicitud para el Programa de Asistencia de Emergencia para la Renta del Condado de Orange era elviernes 15 de julio de 2022.El programa seguirá procesando las solicitudes enviadas con base en la disponibilidad de fondos. Los residentes pueden revisar el estado de la solicitud que enviaron al ingresar en el portal de solicitudes Neighborly con su identificación y contraseña. Si tiene otras preguntas o inquietudes, llame al 3-1-1 o al 407-836-3111.
Para encontrar recursos para residentes puede contactar al Servicio 2-1-1 de Heart of Florida United Way. Los residentes que necesiten asistencia legal por desalojo, pueden contactar a Community Legal Services of Mid-Florida.
El programa de Asistencia de Emergencia para la Renta es un programa basado en los ingresos que ha sido diseñado para ayudar a los inquilinos más vulnerables del Condado de Orange que se encuentran en peligro inminente de ser desalojados debido a la pandemia del COVID-19. El programa distrbuirá más de $33 millones de fondos federales para ayudar a los residentes del Condado que no han podido pagar el alquiler debido a una pérdida de ingresos relacionada con el COVID-19. Los residentes pueden mantenerse informados acerca del programa a través de ocfl.net/RentalAssistance.
Las preguntas frecuentes fueron actualizadas por última vez el 7/25/2022.
¿Cuál es el monto disponible en fondos para el Programa de Asistencia de Emergencia para la Renta del Condado de Orange?
La Junta de Comisionados del Condado aprobó el Programa federal de Asistencia de Emergencia para la Renta del Condado de Orange. El programa distribuirá $33.4 millones de fondos federales para ayudar a los residentes del Condado que no han podido pagar el alquiler debido a una pérdida de ingresos relacionada con el COVID-19.
¿Cómo solicito la ayuda del Programa de Asistencia de Emergencia para la Renta por el COVID-19?
Los residentes elegibles que hayan recibido una notificación de pago atrasado o aviso de desalojo por escrito de parte de su propietario pueden presentar una solicitud en línea para participar en el programa a través del portal web del Condado de Orange en www.ocfl.net/RentalAssistance o responder a la invitación por email del programa. Tanto el propietaro como el inquilino deben completar la solicitud y aceptar participar en el programa.
Tenga en cuenta que solo puede presentarse una solicitud del inquilino por la propiedad alquilada en cuestión. Así que se recomienda que los inquilinos se pongan de acuerdo con los miembros de su hogar para asegurarse de que solo se presente una solicitud para esa propiedad.
¿Tiene que solicitar el propietario o el inquilino?
Tanto el propietario como el inquilino deben completar sus respectivas solicitudes para que el Condado pueda revisar y aprobar los fondos que serán destinados para cubrir los pagos atrasados de la renta de una determinada propiedad alquilada.
¿Qué sucede si el propietario se rehúsa a participar en el programa?
Si el propietario se rehúsa a participar en el programa Y el inquilino cumple con todos los demás criterios de elegibilidad, el programa puede considerar la posibilidad de proporcionarle la asistencia al inquilino para que le pague directamente al propietario y pueda permanecer en la vivienda.
¿El propietario tiene que completar una sola vez el formulario si tiene varios inquilinos que necesitan solicitar la ayuda del programa?
Sí. El propietario puede completar una solicitud e incluir a varios inquilinos en dicha solicitud.
¿Qué es un impacto por el COVID-19?
Una pérdida involuntaria o reducción de los ingresos a causa de la pandemia del COVID-19. Vea los criterios de elegibilidad de los inquilinos para obtener más información.
¿Cuáles son los criterios de elegibilidad de los inquilinos?
Vea la sección Inquilinos .
¿Cuáles son los criterios de elegibilidad de los propietarios?
Vea la sección Propietarios .
¿Qué documentos necesito para solicitar?
Vea las secciones Documentación del Inquilino y los Miembros de la Familia, Documentación de Dificultades por el COVID-19 y Documentos Requeridos en Inquilinos y propietarios.
La propiedad alquilada, ¿debe ser la residencia principal del inquilino?
Sí. La propiedad alquilada debe ser la residencia principal del inquilino.
¿Debe incluir el contrato de alquiler el nombre del inquilino?
Sí. El contrato de alquiler debe incluir el nombre del inquilino, quien es el responsable de pagar una parte o la totalidad de la renta.
¿Cuántos meses de pago atrasado debe tener el inquilino para ser elegible para participar en el programa?
El programa está destinado a residentes del Condado de Orange que corren riesgo de ser desalojados, adeudan al menos un mes de renta y recibieron un aviso por escrito de alquileres atrasados o de desalojo después del 1 de abril de 2020.
¿Quién recibe los pagos?
El pago del programa lo recibirá directamente el propietario. Nota: En caso de que el propietario se rehúse a participar en el programa, es posible que la asistencia la reciba directamente al inquilino para que le pague al propietario y pueda permanecer en la vivienda.
¿Cuánto recibirá?
El Condado puede pagarle al propietario en su nombre hasta $30,000 como máximo en alquileres atrasados, que no exceda los 15 meses, según la situación.
¿Puedo solicitar la ayuda del Programa de Asistencia de Emergencia para la Renta por el COVID-19 si tengo empleo?
Sí, usted puede solicitar la ayuda del Programa de Asistencia de Emergencia para la Renta por el COVID-19 si actualmente tiene empleo; sin embargo, se aprobará la asistencia si cumple con los criterios de elegibilidad.
¿Cuándo se supone que debo volver a pagar la renta?
Deberá pagar la renta de los próximos meses a partir del mes siguiente al mes cubierto por la asistencia otorgada por el Condado.
¿Puedo solicitar la ayuda del Programa de Asistencia de Emergencia para la Renta por el COVID-19 si anteriormente solicité Y recibí asistencia a través del Programa de Desviación de Desalojo del Condado?
Puede hacerlo si cumple con los criterios de elegibilidad. No obstante, si ya recibió ayuda del Programa de Desviación de Desalojo por su propiedad alquilada, el monto máximo disponible se reducirá en función de la ayuda recibida anteriormente.
¿Está este programa disponible para residentes que viven fuera de la zona municipal del Condado de Orange (p. ej., en ciudades del Condado de Orange)?
Los inquilinos elegibles para el programa son aquellos cuya residencia principal es la propiedad alquilada que se encuentra: (a) situada en cualquier municipio del Condado de Orange, excepto la Ciudad de Orlando; o (b) situada en la zona municipal del Condado de Orange.
¿Dónde puedo obtener una copia de mis comprobantes de pago?
Los empleados reciben sus comprobantes de pago por correo o en línea durante un período de pago típico. Los trabajadores también pueden contactar directamente a su empleador para obtener una copia de sus comprobantes de pago.
¿Qué se requiere cuando se utiliza un beneficio del gobierno local, estatal o federal como prueba del ingreso familiar?
Una carta de aprobación con el nombre y la dirección de la persona que recibe el beneficio que también es un miembro adulto del grupo familiar y DEBE haber sido entregada el 1 de enero de 2020 o después de los programas, incluidos: Programa de Asistencia de Energía para Hogares de Bajos Recursos (LIHEAP), Mujeres, Bebés y Niños (WIC), Medicaid, Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP), Programas de Nutrición Escolar (SNP), Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF) para el jefe o co-jefe de familia o cualquier otro programa de asistencia del gobierno local, estatal y federal que verifique que es una familia de bajos ingresos.
¿Cómo funciona la opción de Comunidad Calificada de Ingresos Bajos-Moderados para verificar los ingresos del grupo familiar?
Cualquier inquilino que resida en un área de ingresos bajos o moderados puede utilizar la opción de Comunidad Calificada de Ingresos Bajos-Moderados para verificar sus ingresos familiares. Para comprobar si una dirección se encuentra dentro de una comunidad de bajos ingresos identificada por el censo de los EE. UU., utilice el mapa Buscador de Direcciones de la Sección Censal del Programa de Asistencia de Emergencia para la Renta (ERAP) . Si la dirección aparece dentro de una zona de color morado en el mapa, significa que el grupo familiar cumple con los requisitos para utilizar la opción de Comunidad Calificada de Bajos Ingresos para verificar sus ingresos y no tendrá que presentar ningún documento de ingresos.
¿Dónde puedo obtener una copia del aviso de desalojo o de pago atrasado?
Si perdió la copia del aviso de desalojo o pago atrasado que le entregó el propietario, puede solicitarle otra copia.
¿Qué sucede una vez que completé la solicitud y acepté participar en el programa?
El personal del programa se contactará con el propietario mediante la información de contacto que el inquilino proporcionó en la solicitud y lo invitará a participar.
¿Puedo guardar y luego seguir completando mi solicitud durante el proceso de solicitud en línea?
Sí. Puede guardar su información en Neighborly (el software del portal de solicitudes) hasta que esté listo para enviar la solicitud.
¿Puedo editar los documentos después de haber enviado la solicitud?
No. No puede editar la solicitud ni los documentos una vez que hizo clic en Enviar.
¿Qué ocurre si mi solicitud está incompleta?
Aunque sepa que la solicitud presentada estaba incompleta, el personal se contactará con usted cuando estén revisando su solicitud para notificarle sobre cualquier información o documento que aún deba presentar para completar su solicitud.
¿Dónde puedo verificar el estado de mi solicitud?
Recibirá un número de caso de referencia apenas haya completado la solicitud a través de Neighborly (el software del portal de solicitudes). Con este número podrá consultar el estado de su solicitud en cualquier momento. Tenga en cuenta que solo se accede al estado de la solicitud a través del portal de solicitudes Neighborly debido a la gran cantidad de solicitudes recibidas. Las actualizaciones de los estados no se enviarán por email ni se informarán por teléfono.
¿Tengo que devolver el dinero?
No. Los inquilinos que han sido aprobados para el programa no tienen que devolver el dinero que el Condado le pagó directamente al propietario en su nombre.
¿Con quién puedo comunicarme si tengo preguntas?
Los inquilinos pueden contactarse con la Línea de Ayuda del Gobierno del Condado de Orange a través del 407-836-3111 o del 311 para obtener más información acerca del Programa de Asistencia de Emergencia para la Renta por el COVID-19 del Condado de Orange.
Nota: La Línea de Ayuda del Condado de Orange 311 no tiene acceso al sitio de Neighborly para brindar la actualización del estado de un caso. Para poder obtener esta información, visite el sitio de Neighborly, ingrese su número de caso y haga clic en "Estado".
¿Qué sucede si no recuerdo mi número de caso?
Inicie sesión en el portal de solicitudes Neighborly con su dirección de email y contraseña y podrá acceder a su número de caso.
¿Recibiré una notificación cuando acepten mi solicitud?
Sí. Recibirá un email con el estado de su solicitud y puede consultar el estado con su número de caso a través de Neighborly.
¿Qué sucede si no puedo cargar los documentos requeridos para mi solicitud en línea a través del portal de solicitudes Neighborly?
Los inquilinos solicitantes que tengan inconvenientes para cargar los documentos o que directamente no puedan cargar los documentos en su solicitud en línea tienen la opción de presentar sus documentos en uno de los Centros Comunitarios del Condado de Orangedesignados. El personal hará una copia de sus documentos y le devolverá los originales. EL PERSONAL NO RECIBIRÁ LOS DOCUMENTOS A MENOS QUE usted haya completado y enviado una solicitud en línea. Cada documento que presente deberá tener su número de solicitud; de lo contrario, no se aceptarán dichos documentos.
¿Qué sucede si no cumplo con los criterios para calificar en el programa?
Le recomendamos visitar nuestra página web Recursos para Residentes o llamar al 2-1-1 para obtener una lista de los programas locales disponibles para ayudar a los residentes durante la pandemia del COVID-19.
¿Qué ocurre si no soy elegible para el programa?
Si no es elegible para el programa, le recomendamos que se contacte con Heart of Florida United Way llamando al 2-1-1 para obtener una lista de los programas locales disponibles para ayudar a los residentes.
¿Cómo se procesan las solicitudes en cuanto a la prioridad?
Por lo general, las solicitudes se irán procesando a medida que van ingresando. Sin embargo, el Gobierno Federal le exige al Condado que priorice las solicitudes que cumplen uno de los siguientes criterios: (a) hogares con ingresos iguales o inferiores al 50% del Ingreso Medio del Área, o (b) hogares en los que como mínimo un miembro adulto ha estado desempleado durante al menos 90 días. Tenga en cuenta que dicha prioridad sólo se aplica al orden de procesamiento de las solicitudes del programa por parte del Condado, pero no incide en la elegibilidad.
*Los propietarios con hipotecas respaldadas por Empresas Patrocinadas por el Gobierno (GSE) o Fondos Federales pueden obtener información acerca de la asistencia hipotecaria o periodo de gracia a través de la Oficina de Protección Financiera a Consumidores. Para obtener más información sobre la asistencia de viviendas y servicios públicos, visite nuestra página web de Recursos para Residentes.