Permisos para la Cría de Gallinas: Lo Que Deben Saber los Residentes del Condado de Orange
El 10 de agosto de 2021, la Junta de Comisionados del Condado aprobó una Ordenanza sobre la Cría de Gallinas Residencial para ayudar a los residentes que están interesados en producir huevos para consumo familiar a obtener un permiso. La Ordenanza comienza a regir el 1 de noviembre de 2021 y se aplica a viviendas unifamiliares no adosadas y casas móviles ocupadas por sus dueños ubicadas en ciertos distritos de zonificación residenciales. Para participar se requiere un permiso con un costo de $57, requisitos de plano de obra y una constancia de capacitación. Hay solo 130 permisos en total disponibles para la zona municipal del Condado de Orange, los cuales se emitirán según el orden en que se vayan recibiendo las solicitudes.
Las preguntas frecuentes fueron actualizadas por última vez el 8/19/2021.
A continuación encontrará respuestas útiles a algunas preguntas frecuentes:
P: Según la Ordenanza, ¿cuáles son los criterios básicos para tener gallinas en el patio trasero de la casa?
R: Los criterios básicos establecidos en la Ordenanza son los siguientes: se requiere un permiso; hasta cuatro (4) gallinas para el consumo personal de huevos; no está permitida la venta bajo ningún concepto; no se permiten gallos ni otras aves de corral; no se permite la reproducción, la matanza ni el consumo de gallinas; se requiere una constancia de capacitación otorgada por la Extensión de la UF/IFAS del Condado de Orange; se deben cumplir los estándares de gallineros y corrales y los estándares de mantenimiento y cuidado de corrales y gallineros.
P: ¿Cuáles son los otros estándares y requisitos de la Ordenanza?
R: Otros estándares y requisitos incluyen: acceso a comida y agua en todo momento; el alimento se guarda en un comedero y un recipiente a prueba de roedores y animales silvestres; se permite el compostaje retirado con 20 pies de fondo; las gallinas deben permanecer bajo la supervisión y el cuidado del residente si se encuentran fuera del corral; las gallinas que no desee mantener deben ir a una granja o industria agropecuaria que acepte gallinas; siga el Estatuto de Florida 823.041 y el Código Administrativo de Florida, Sección 62-701.520(5)(a) y (c), sobre gallinas muertas; y si se revoca la ordenanza, los titulares de los permisos tienen 10 años para retirar las gallinas y quitar el gallinero y el corral.
P: ¿Dónde está permitido?
R: La Ordenanza permite tener gallinas en distritos de Viviendas Unifamiliares no adosadas y Casas Móviles ocupadas por sus propios dueños, incluidos: R-1AAAA, R-1AAA, R-1AA, R-1A, R-1, R-2, R-3, RT-1, RT-2, R-L-D, NR, NAC y NC. Puede ingresar al sitio web del Tasador de Propiedades para ver la zonificación de su parcela.
P: ¿La Ordenanza anula las cláusulas y las restricciones privadas, como las de las HOA o Desarrollos Planificados?
R: No. Debe cumplir con las cláusulas y restricciones privadas de las Asociaciones de Propietarios (HOA) y Desarrollos Planificados.
R: ¿Qué sucede si soy inquilino?
R: Por el momento, el permiso está disponible únicamente para las residencias ocupadas por sus dueños en propiedades debidamente zonificadas. Los inquilinos no están autorizados a tener gallinas en el patio trasero.
P: ¿Qué es la capacitación de la Extensión de la UF/IFAS y cómo me inscribo en la clase de capacitación?
R: La clase de capacitación es un resumen de los aspectos básicos sobre la cría de gallinas en el patio trasero. Se dicta en línea como una sesión virtual. UF/IFAS es el Instituto de Alimentación y Ciencias Agrícolas de la Universidad de Florida, que ofrece esta clase, así como tantas otras. Puede inscribirse para el Examen Preliminar de la Clase de Capacitación sobre Cría de Gallinas en Zona Urbana.
P: ¿Debo realizar la capacitación para poder obtener el permiso?
R: Sí. Debe presentar un certificado como constancia de que ha realizado la capacitación el cual se cargará junto con la solicitud del permiso.
Para obtener información actualizada sobre la ordenanza, vuelva a consultar estas Preguntas Frecuentes.