Ley para Personas con Discapacidades (ADA)
La Ley para Personas con Discapacidades (ADA) 1990 es una ley federal de derechos civiles que protege a las personas con discapacidades contra la discriminación en áreas como el empleo, el gobierno local y estatal, las acomodaciones públicas y las telecomunicaciones.
Cinco (5) Títulos de la ADA
- Título I - Empleo: Este título está diseñado para ayudar a las personas con discapacidades a acceder a las mismas oportunidades laborales y beneficios que están disponibles para las personas sin discapacidades. Los empleadores deben proporcionar adaptaciones razonables a los solicitantes o empleados calificados.
- Título II - Gobierno estatal y local: Este título prohíbe la discriminación contra personas calificadas con discapacidades en todos los programas, actividades y servicios del Gobierno Estatal y Local.
- Título III - Acomodaciones Públicas: Este título prohíbe que lugares privados como hoteles, restaurantes, comercios, consultorios médicos, etc., discriminen a personas con discapacidades.
- Título IV - Telecomunicaciones: Este título requiere que las empresas de telefonía e Internet proporcionen un sistema de servicios de retransmisión de telecomunicaciones en el cual las personas con discapacidades auditivas y del habla puedan comunicarse.
- Título V - Misceláneos: Este título final contiene una variedad de disposiciones relacionadas con la ADA, incluidas su relación con otras leyes, inmunidad estatal, impacto sobre proveedores de seguros y beneficios, prohibición de represalias y coacción, consumo ilegal de drogas y honorarios legales.
Para conocer más sobre la Ley para Personas con Discapacidades, visite www.ada.gov/topics/intro-to-ada
Conozca acerca de la Oficina
La Oficina sobre Discapacidad del Condado de Orange fue creada para garantizar que todas las personas con discapacidades tengan acceso equitativo a los programas, servicios, parques y recreación del Gobierno del Condado de Orange, además de abordar cualquier asunto que incumpla la Ley para Personas con Discapacidades (ADA).
La Oficina sobre Discapacidad cuenta con un Gerente del Programa ADA para asegurar el cumplimiento del Título II de la Ley para Personas con Discapacidades. El Título II requiere que “los gobiernos estatales y locales ofrezcan a las personas con discapacidades una oportunidad igualitaria para beneficiarse de todos sus programas, servicios y actividades”.
Esta oficina también supervisa una Junta de Asesoramiento sobre Discapacidad (DAB), que se reúne mensualmente para abordar las inquietudes de los ciudadanos con discapacidades y sensibilizar al Alcalde del Condado de Orange y a la Junta de Comisionados del Condado sobre los problemas de discapacidad. Para conocer más sobre la DAB y su calendario de reuniones,
consulte la página de la Junta de Asesoramiento sobre Discapacidad.
Qué Hacemos
- Garantizar el acceso a los programas y servicios del Gobierno del Condado de Orange
- Abordar las quejas sobre violaciones de la ADA dentro del Gobierno del Condado de Orange
- Responder preguntas sobre la ADA
- Proporcionar información y referencias a otros servicios y organizaciones para personas con discapacidades
Qué Está Fuera de Nuestro Alcance
- Asistir en la presentación de solicitudes de SSDI o en el conocimiento del estado de la solicitud
- Proporcionar servicios de administración de casos para personas con discapacidades
- Ubicar viviendas especializadas
- Brindar asistencia económica
La Oficina sobre Discapacidad está comprometida a garantizar que el Gobierno del Condado de Orange cumpla con todos los aspectos del Título II. En la mayoría de los casos, el Gerente del Programa ADA puede resolver los problemas de manera rápida y eficiente mediante un proceso informal de quejas.
Si desea presentar una queja por discriminación bajo el Título II, complete este formulario:
Formulario de Quejas por Discriminación ADA
La Oficina sobre Discapacidad forma parte de la División de Recursos Ciudadanos y Asistencia Pública (CRO) del Condado de Orange. MÁS INFORMACIÓN sobre otros programas y servicios de CRO disponibles para los residentes del Condado de Orange.