La Ordenanza de Control de Contaminación Sonora del Condado de Orange (Capítulo 15 Artículo V) regula la contaminación sonora excesiva e innecesaria de las propiedades no residenciales en la Zona Municipal del Condado de Orange.
Las perturbaciones sonoras de propiedades residenciales o establecimientos que sirven alcohol en la Zona Municipal del Condado de Orange, que afectan desfavorablemente a propiedades residenciales, se consideran una Alteración de la paz. La Oficina del Sheriff del Condado de Orange responde a las quejas por ruidos molestos.
El ruido que se clasifica como contaminación se regula por la Ordenanza de Control de la Contaminación Sonora. La contaminación sonora es todo aquel ruido que reúne los siguientes criterios:
Los residentes de la Zona Municipal del Condado de Orange que estén afectados de manera adversa por la contaminación sonora de una propiedad no residencial que no sirve alcohol debe contactar a la División de Protección del Medio Ambiente (407) 836-1468.
Los residentes de una Zona Municipal del Condado de Orange afectados por perturbaciones sonoras procedentes de otra propiedad residencial, de un bar o de un establecimiento que sirva alcohol, deben contactar a la Oficina del Sheriff del Condado de Orange, (407) 836-4357.
De las perturbaciones sonoras que tienen lugar dentro de los límites de la ciudad se encarga la autoridad del municipio que corresponda.
Environmental Protection Division 3165 McCrory Place, Suite 200 Orlando, FL 32803 Teléfono: (407) 836-1400