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RESUMEN

Se requiere un permiso para quitar un árbol o varios árboles de una propiedad privada, a menos que una propiedad cumpla con una excepción de acuerdo con la Sección 15-279(a) del código del condado. Esta página explica los requisitos básicos para solicitar un permiso de tala de árboles.

Proceso de Presentación

  1. Determine si necesita un permiso para quitar árboles (consulte las Preguntas Frecuentes a continuación).
  2. Envíe su permiso de remoción de árboles en línea a través del Procesamiento Rápido de Servicios del Condado de Orange. Para enviar una solicitud de permiso en línea, debe crear una cuenta.

Instrucciones de Presentación

Como mínimo, una solicitud de permiso de remoción de árboles deberá incluir la siguiente información:

  1. Solicitud de Permiso para Eliminar Árboles.
  2. Una investigación sobre los árboles preparada por un topógrafo profesional (según se define en la Sección 15-277 del Código del Condado) que consiste en un dibujo (una [1] pulgada equivale a trescientos [300] pies o más). La investigación sobre los árboles deberá haberse completado dentro de los dos (2) años a partir de la fecha de la solicitud. Cada investigación deberá indicar la siguiente información:
    • Límites de la propiedad.
    • Todos los árboles regulados y los árboles preservados propuestos deberán identificarse con la siguiente información:
      • Ubicación del lugar.
      • Diámetro a la altura del pecho (DBH).
      • Nombre común.
      • Identificación de árboles patrimoniales y ejemplares, si corresponde (Sección 15-283).
      • Identificación de servidumbres existentes y propuestas.
      • Identificación de cualquier cuerpo de agua, humedales y otras áreas de conservación.
  3. Es posible que se requiera un plano del sitio, un plano paisajístico o un plano relacionado, que muestre la siguiente información:
    • Mejoras existentes y propuestas para el sitio, incluido el plan de nivelación propuesto (si no es parte de un plan preliminar de subdivisión o plan de desarrollo).
    • Cálculo de remoción y reemplazo, que incluya un cronograma de árboles por plantar e indique especie, tamaño, calibre y ubicación, de acuerdo con la Sección 15-306 del Código del Condado.
  4. Se podrá solicitar información adicional al solicitante para completar la revisión requerida.
  5. Honorarios.

Proceso de Revisión

  1. Después de presentar un permiso de remoción de árboles, el personal lo revisará para determinar si la solicitud es suficiente dentro de cuatro días. Si falta información o documentos pertinentes, se notificará al solicitante por email.
  2. Una vez que el Permiso de Remoción de Árboles se considera suficiente, la solicitud es revisada por los Arboristas de la División de Zonificación para verificar su cumplimiento con el Capítulo 15, Artículo VIII del Código del Condado de Orange. Otras divisiones afectadas también podrán realizar revisiones, como la División de Ingeniería de Desarrollo y la División de Protección del Medio Ambiente. El período de revisión es de 14 días.
  3. Un arborista realizará una visita al sitio para verificar la precisión de la investigación sobre los árboles.
  4. Si se cumplen todos los requisitos del código, se emite el permiso y se notificará al solicitante por correo electrónico.

Honorarios

  • de permisos de árboles: (consulte Directorio de Tarifas)
    • Desarrollado (comercial, industrial o multifamiliar): $247.98
    • Desmonte de terrenos sin desarrollar (resultado de una infracción): $230.90
    • Extracción de madera: no se requiere investigación de árboles: $177.60
    • Vivienda de una o dos familias de más de 2 acres: $121.00
    • Agricultura de buena fe (solo para fines de registro): sin cargo
    • Limpieza voluntaria de terrenos (solo para fines de registro): sin cargo
  • Cargo de revisión de la División de Protección del Medio Ambiente: $3 (si corresponde)
  • Cargo de revisión de Ingeniería de Desarrollo: $38 (si corresponde)
  • Se podrían requerir cargos por mitigación.

Preguntas Frecuentes

  • Propiedad Residencial de Familia Única o de Dos Familias: se requiere un permiso en las siguientes circunstancias:
    • Propiedades de más de dos (2) acres que se desarrollen con una residencia de familia única ocupada; o
    • Cualquier propiedad vacante/sin desarrollar, independientemente de su tamaño.
  • *Nota: en una propiedad con un permiso de construcción aprobado para una residencia de una o dos familias, se permite la remoción de árboles junto con dicho permiso para la plataforma de construcción, el camino de entrada, el sistema de eliminación in situ y un área de quince (15) pies alrededor de la plataforma de construcción principal.​​​​​​​

  • Propiedad Multifamiliar o No Residencial: No se permite la tala de ningún árbol regulado sin aprobación previa:
    • En general, no se requiere un permiso de tala por separado para nuevas construcciones o reurbanizaciones, ya que las solicitudes de tala de árboles se presentan junto con el permiso de construcción o con la aprobación del desarrollo (Plan Preliminar de Subdivisión o Plan de Desarrollo).
    • En cambio, para la tala de árboles en terrenos ya urbanizados, sí se requiere un permiso específico. Para confirmar si necesita uno, comuníquese con la Oficina de Arboricultura de la División de Zonificación al 407-836-5807 o a Arborist@ocfl.net.
  • Árboles Ubicados en Humedales o Áreas de Conservación: Para talar cualquier árbol ubicado dentro de un humedal, se debe obtener aprobación previa de la División de Protección del Medio Ambiente (EPD). Para obtener más información sobre permisos en humedales, visite www.ocfl.net/Environment/Wetlandso póngase en contacto con EPD al 407-836-1402 o a wetlandpermitting@ocfl.net.
  • Árboles Dentro de la Vía Pública: tenga en cuenta que los árboles ubicados en la vía pública del condado son gestionados por la División de Carreteras y Desagües del Departamento de Obras Públicas. Para consultas generales, llame al 407-836-7900. Si el árbol representa un riesgo para la salud o la seguridad (por ejemplo, afecta la visibilidad, tiene peligro de caída, etc.) o presenta otros problemas de mantenimiento, los residentes deben reportarlo llamando al 3-1-1 o utilizando la Aplicación OCFL 311.

Es todo árbol que tenga un diámetro de 8 pulgadas o más de diámetro a la altura del pecho (DBH). DBH se refiere al ancho del tronco medido a 4 1/2 pies sobre el nivel del suelo, y debe corresponder a alguna de las especies incluidas en la lista recomendada que se presenta a continuación:

Árboles Regulados: Nombre Común
Acebo Americano Acebo de Dahoon Pino de Hoja Larga Sabal palmetto Roble Castaño de Pantano
Ciprés Calvo Cedro Rojo Oriental Roble Mirto Roble Vivo de Arena Cornejo de Pantano
Cerezo Negro Cornejo Florido Nogal Pecán Nogal Americano Laurel Dulce
Tupelo Negro Laurel de Nieve Nogal Pignut Roble de Matorral Liquidámbar​​​​​​​>
Roble Azul​​​​​​​ Fresno Verde Ciprés de Estanque Roble Moteado Sycamore
Ciruelo Chickasaw Roble Laurel Laurel Rojo Pino Slash Árbol de los Tulipanes
Olmo Chino Alheña Castaño Rojo Magnolia del Sur Roble Turco
Nogal Pignut Costero Roble Perenne Cercis Americano Roble Rojo del Sur Roble de Agua
Árbol de Júpiter Gordolobo de Laurel Arce Rojo Roble Español Olivo Americano
Olmo de Corcho Pino Taeda Abedul de Río Palo Blanco​​​​​​​ Olmo Alado

Si le preocupa la situación del árbol de un vecino (se inclina sobre su propiedad o cree que corre peligro de caerse), este es un asunto civil provado entre los dos propietarios particulares. El Condado no está autorizado a obligar al dueño de una propiedad a quitar un árbol.

Puede buscar asesoramiento legal a través de la sociedad de asistencia jurídica gratuita en 407-841-8310 o https://www.legalaidocba.org/.

Si cree que el titular de una propiedad está cortando árboles o despejando la propiedad sin autorización, comuníquese con la Oficina de Árboles y Zonificación al 407-836-5807 o al Arborist@ocfl.net.

Se permite la limpieza, incluida la eliminación de maleza, como palmitos y arbustos, siempre que dicha remoción no afecte negativamente a los árboles protegidos. La limpieza debe realizarse con equipos de siega en lugar de maquinaria pesada para mover tierra, a fin de conservar la cubierta vegetal y evitar la erosión eólica e hídrica.

Contáctenos

División de Zonificación (consultas sobre el Código de Árboles)
Teléfono: 407-836-5807
email: Arborist@ocfl.net

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